Cortinas cortafuegos. Validación documental

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Las cortinas cortafuegos son un sistema de protección contra incendios y, como tal, se caracterizan porque su instalación se hace con la expectativa de no ser necesariamente utilizados, pero en caso de incendio su funcionalidad es crítica para garantizar la seguridad de los usuarios del edificio.

Como parte esencial en el aseguramiento de las prestaciones de las cortinas cortafuegos instaladas, los agentes implicados (promotor, proyectista, constructor, dirección facultativa, suministradores, instaladores y usuarios) tienen la responsabilidad y obligación de solicitar documentación y llevar a cabo los controles necesarios para alcanzar un nivel de seguridad contra incendios requerido por las normas generales de protección contra incendios de los edificios (CTE o RSCIEI).

Es por ello, y como expertos en Cortinas Cortafuegos, que queremos dedicar la entrada de hoy a informaros qué documentación cabrá solicitar cuando se instalen cortinas cortafuegos para crear una sectorización de incendios.

Las cortinas cortafuegos, como sistema innovador, no dispone de ninguna norma de producto o documento de referencia, es por ello que su evaluación como elemento de compartimentación de incendios, se llevará a cabo a través del cumplimiento de diferentes normas de ensayo o protocolos de referencia.

Informe de clasificación:

Documento obligatorio que surge de los resultados objetivos del Informe de Ensayo al Fuego según UNE EN 1634-1. Determina y clasifica según norma UNE EN 13501-2 la resistencia al fuego de una cortina cortafuegos.

Deberá contener como mínimo:

  • Nombre del laboratorio acreditado y del peticionario;
  • En la portada deberá aparecer el concepto «INFORME DE CLASIFICACIÓN», número y fecha del informe;
  • Referenciar la Norma de Ensayo sobre la que se ha realizado;
  • Detalles de la muestra ensayada (especificaciones técnicas, dimensiones, sentido de exposición);
  • Referencia del Ensayo al Fuego según UNE EN 1634-1 realizado;
  • Clasificación de acuerdo con el sistema de eurocodigos establecido por la norma UNE EN 13501-2 (Et, EIt, EWt);
  • Campo de aplicación directa.

Informe de evaluación técnica de la idoneidad al uso (según CTE):

Informe obligatorio para las cortinas cortafuegos como sistema innovador y no convencional que verifica todos aquellos componentes y características de las cortinas cortafuegos que sean críticos para que ésta cumpla la función que le sea exigible. Estos informes podrán inscribirse de forma voluntaria al Registro General del CTE.

Cuando el campo de aplicación directa del Informe de Clasificación no amparase las características de la cortina cortafuegos instalada, será obligatorio evaluar éstas características mediante la norma de extensión de resultados prEN 15269-11. Dicha información deberá ser mencionada en el Informe de Evaluación Técnica de la Idoneidad al Uso.

La documentación que hasta ahora os hemos mencionado, es obligatoria. Sin embargo, existen otros reconocimientos de prestaciones y calidad que algunos fabricantes reciben, que aún no ser obligatorias, ofrecen un distintivo de calidad adicional.

En este sentido, las prestaciones de resistencia al fuego de las cortinas cortafuegos Prefire Intisi 7 han obtenido la distinción APPLUS+ FIRE SAFETY acreditando su calidad.

Hoy os hemos hablado de la validación documental de cortinas cortafuegos, pero el sector de la seguridad contra incendios es muy amplio, es por ello que entes de prestigioso reconocimiento con el CLÚSIC han desarrollado Guías que ayudan a validar documentalmente los sistemas de protección contra incendios instalados.

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