Consecuencias inmediatas de la aprobación del nuevo RIPCI

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El pasado 19 de Mayo el Consejo de Ministros aprobó por Real Decreto el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios RIPCI (Reglamento de instalaciones de protección contra incendios). Una larga y desesperante espera de nada más y nada menos que 24 años, pues su antecesor, y actualmente vigente, data del 1993. No está nada mal para un Reglamento de obligado cumplimiento y de vital importancia para nuestro sector, y que afecta por igual a propiedades, promotores, ingenierías, instaladores y mantenedores. Pero, una vez esté publicado y sea ya preceptivo su cumplimiento, ¿en qué afectará?.

En primer lugar, uno de los puntos que más relevancia tomará es la actualización automática de todas las normas tanto de diseño de instalaciones como de fabricación de producto. En el actual documento, se daba la circunstancia que las Normas de obligado cumplimiento venían referenciadas con su año de publicación, así que siempre había quien se amparaba en ello para obviar todas las posteriores actualizaciones. Y, obviamente, desde el 1993, ha habido muchas… Con la entrada en vigor del nuevo documento RIPCI, ya no se tendrá en cuenta el año de la norma, sino la norma en sí, por lo que las sucesivas correcciones o sustituciones deberán ser tenidas en cuenta desde su publicación. Este punto es básico, por ejemplo, para las normas de diseño de instalaciones, puesto que con las sucesivas publicaciones suelen recogerse nuevos productos o soluciones que dan mucha mayor versatilidad al proyectista.

Otro de los aspectos muy importantes del nuevo RIPCI, y quizás el de mayor novedad, es el de las empresas de soluciones de protección pasiva. Si tradicionalmente siempre se había considerado este apartado dentro de la ingeniería de protección contra incendio como «el hermano pobre», por su escasa exigencia en cuanto a los recursos necesarios y la sensación del «todo vale», parece que ahora la situación tomará un giro drástico, aplicando unos criterios más cercanos a las instalaciones de protección activa.

En cuanto a los mantenimientos exigibles a las instalaciones de protección contra incendios, las novedades también prometen. Así, los protocolos de trabajo se tornan mucho más completos, acercándose más a la realidad de las exigencias que desde hace ya algunos años las empresas punteras de este sector implantamos como política de trabajo interna, en un afán claro de ofrecer a nuestros clientes un plan de mantenimiento preventivo de mayor calidad que el mínimo exigido por el antiguo RIPCI.

En resumen, se trata de una muy grata noticia, esperada por todos largamente, y que con total seguridad pondrá muchas cosas en su sitio, y a buen seguro le hará ver a mucha gente lo mal que se estaban haciendo algunas cosas. Lo que ya sería perfecto es que las administraciones responsables no vuelvan a cometer errores pasados y no tener que esperar tantos años y tantas revisiones para ir paulatinamente actualizando el documento.

2 Comentarios

  1. Es posible descargar el borrador actualmente? se sabe cuándo se publicará? gracias!

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    • Buenos días Eric, hasta que no se publique en el BOE no tenemos más información, os mantendremos informados de las novedades al respecto. Gracias seguirnos!

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