Definición y homologación de los lucernarios individuales (claraboyas)

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Las claraboyas o lucernarios individuales son elementos de construcción que permiten la transmisión de la luz por ser traslúcidos o trasparentes. Poseen un apoyo rectangular o circular con un espacio (anchura) de apertura o un diámetro no superior a 2,5 m y con una longitud de apertura no inferior a 3 m, con una inclinación de la cubierta de hasta 25º.

Las claraboyas, lucernarios individuales o exutorios que realicen la función de transmisión de luz cuando se fabrican en materiales plásticos; por ejemplo poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV), policarbonato (PC), polimetacrilato de metilo ( PMMA), poli cloruro de vinilo (PVC); han de cumplir con la norma Europea UNE EN 1873 y estar homologados según ésta.

Como observación muy importante, los elementos de construcción que permiten la transmisión de luz en las cubiertas solo podrá disponer de una parte traslucida de un único elemento con varios revestimientos o capas, pero nunca en forma de lamas o persianas, estos productos no están homologados ni cumplen ningún requisito legal como elemento de transmisión de luz.

1 Comentario

  1. Buenos días, me han hecho un porche con un llamado «»Lucernario»».
    Una vez terminado el Tejado, han colocado una plancha de Cristal, sin Bastidor o algo parecido, sobran unos 40cm de cada lado,
    SE LE PUEDE LLAMAR LUCERNARIO A ESTO?, SERIA ALGO LEGAL?

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