Sectorización de incendios de cocinas a la vista de los comensales

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Son muy frecuentes los proyectos de nueva construcción o de reforma en hoteles y restaurantes donde se diseña el espacio destinado a la cocina y la elaboración de los alimentos a la vista de los comensales y clientes.

Acostumbran a ser proyectos que cuidan mucho el aspecto arquitectónico y el diseño, y cuyo objetivo es la interacción del comensal con la actividad que se produce detrás de la barra.

Sin embargo hay un aspecto fundamental que no se debe olvidar, y es que las cocinas en las que la potencia instalada sea superior a 20 kW tienen que ser consideradas como locales de riesgo especial a efectos del Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación.

Por tanto este tipo de cocinas debe ser un sector de incendios independiente, cosa que implica que la cocina deba sectorizarse para que en caso de incendio este no se propague al resto del local, además de la instalación de sistemas automáticos de extinción.

Una solución perfecta para este tipo de casos es el sistema invisible de sectorización a través de cortinas cortafuegos automáticas, la parte estructural de la cual se puede ocultar completamente pudiendo adaptarse al diseño y arquitectura proyectada para el local sin dejar de lado el cumplimiento normativo.

Las cortinas cortafuegos se definen como un sistema asimétrico ya que su construcción no es idéntica por ambas caras. Por ello, las cortinas cortafuegos Prefire Intisi 7 han sido ensayadas con la parte estructural o de soporte (cajón y guías laterales) dentro del horno como establece la norma UNE EN 1634-1 para este tipo de sistemas de compartimentación, asegurando así la integridad del sistema incluso en el caso en que dichos elementos de soporte sufran el ataque directo al fuego.

Queda demostrado que el diseño y la belleza estética puede combinarse a la perfección con el cumplimiento normativo y la seguridad en caso de incendio.

7 Comentarios

  1. Me gustaría saber que tipo de protección (EI, E, W, etc.) se consigue con las cortinas y en que condiciones, si son irrigadas o en seco, si es una sola cortinas o varias con juntas o con solapes..
    Un saludo.

    Atentamente .
    A. Alegre

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    • Buenas tardes Adolfo.

      El tipo de protección que se consigue con las cortinas depende de la clasificación de resistencia al fuego que, como bien dices, puede ser E-EI-EW.

      – Las cortinas con clasificación E (Integridad) aseguran que en caso de incendio el sistema será capaz de contener las llamas, el humo y los gases calientes y por tanto evitar que pasen a sectores contiguos.

      – Las cortinas con clasificación EI (Integridad+Aislamiento térmico) aseguran además de lo anterior que el sistema será capaz de evitar la transferencia de temperatura entre sectores. Esto se consigue a través de un sistema de irrigación.

      – Las cortinas con clasificación EW (Integridad+Aislamiento térmico) aseguran además de la integridad que el sistema es capaz de limitar la transmisión de radiación entre sectores en caso de incendio. Al no hablar de temperatura, la cortina EW no incorpora el sistema de irrigación anterior, pero en cambio el tipo de tejido es distinto a los anteriores para conseguir disipar la radiación.

      En cuanto a la gama de cortinas cortafuego Intisi 7 comentar que no son cortinas solapadas como sucede con otros fabricantes, y tan típicas en el reino unido, dado que el hecho de que sean solapadas disminuye su integridad debido a la presión de los gases, y por tanto es más que probable que el tejido acabe por abrirse permitiendo la propagación del incendio.

      Espero haber sido de ayuda.

      Un saludo.

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  2. La premisa de la que parte esta nota no es del todo correcta. En restaurantes que no estén en uso residencial público (una gran mayoría de restaurantes estarán en pública concurrencia) el DB – SI establece que si se instala extinción automática en campanas, la cocina no es local de riesgo especial y por tanto no es necesario sectorizar. Hay más caminos de cumplir la normativa.

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    • No habia visto esta respuesta, lo siento. En Comunidad Valenciana desde la publicación del Decreto 143/2015 del Consell, Reglamento del desarrollo de la Ley 14/2010 de Espectaculo Públicos , Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, en su Articulo 24 establecelo siguiente:
      «Artículo 24. Apertura mediante autorización administrativa
      1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 14 de la Ley
      14/2010, de 3 de diciembre, el procedimiento de apertura mediante
      autorización administrativa será necesario en los siguientes supuestos:
      a) Establecimientos públicos de aforo superior a 500 personas.
      b) Establecimientos con recinto o espacio calificado de riesgo alto.
      c) Establecimientos con recinto o espacio con carga térmica global
      elevada.
      d) Establecimientos que requieran de licencias excepcionales.
      2. Se entenderá que un establecimiento dispone de un recinto o
      espacio catalogado de riesgo alto cuando en este sentido se cumplan los
      parámetros establecidos en el Código Técnico de la Edificación (Docu-
      mento Básico SI).
      Las cocinas que, de acuerdo lo establecido en el CTE-DB SI, sobre-
      pasen una potencia instalada de 50 kW se considerarán a los efectos de
      este Reglamento como local de riesgo alto, aun cuando dispongan del
      preceptivo sistema automático de extinción.»
      Lo que implica que en establecimientos de pública concurrencia las cocinas de más de 50 Kw serán siempre Locales de Riesgo Epecial Alta. (vestibulo, R-180 y EI-180.

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  3. Hola, teneis cortinas para pasaplatos en Residencial Público para riesgo especial alto (EI-180)?

    Responder
    • Gracias Manuel por tu comentario. Nuestros expertos de control de fuego y humos se pondrá en contacto contigo para solucionar tu inquietud. Un saludo!

      Responder
  4. Estoy interesado en saber si existen cortinas para control de fuego en pasaplatos.

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